Gracias por acceder al Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado. Si tienes interés en registrar tus datos para formar parte de nuestro padrón, hazlo por este medio.
¡Aviso Importante!
Si estuviste empadronado en el ejercicio 2023 y deseas realizar una renovación o actualización de datos, inicia sesión con tu mismo usuario y contraseña.
SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN
Registro e Inicio de Sesión
¿No estás inscrito? ¡REGÍSTRATE AQUÍ!
Requisitos para Personas físicas
Requisitos para personas morales
Preguntas frecuentes
Iniciar sesión
¿Olvidaste tu contraseña?
Consultar en el Portal
Padrón 2024
Padrón de años anteriores
Catálogo de Giros-Líneas
Noticias del Sitio
¡Nueva normatividad en el Padrón!
Consulta aquí el nuevo acuerdo normativo para el Padrón de Proveedores a partir del 2019.
¡Regístrate Ahora!
Ya puedes registrarte al Padrón de Proveedores para el 2024.
¡Trámite Gratuito!
La inscripción al Padrón de Proveedores no tiene costo alguno.
Comunícate con Nosotros
Para mayor información acerca del Padrón de Proveedores:
Oficina de Registro y Control de Proveedores Andador Héroes # 193 entre Carmen Ochoa y 22 de Enero. Edificio 7 de Diciembre. Colonia Centro. C.P. 77000. Chetumal, Othón P. Blanco, Quintana Roo.
Para iniciar el proceso de registro al padrón, capture los siguientes datos:
Persona Física
Para llenar el formato de registro, se requiere la siguiente documentación actualizada, vigente y en formato PDF:
Acta de Nacimiento.
Identificación Oficial con fotografía vigente (Pasaporte o Credencial de Elector).
Constancia de Situación Fiscal expedida por el SAT con una antigüedad no mayor a 3 meses.
Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses (CFE, Agua, Teléfono).
Persona Moral
Para llenar el formato de registro, se requiere la siguiente documentación actualizada, vigente y en formato PDF:
Acta Constitutiva, con su folio de identificación mercantil, expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.1
Poder Notarial del representante o apoderado legal, con su folio de identificación mercantil, expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.1
Identificación Oficial con fotografía vigente (Pasaporte o Credencial de Elector), del representante o apoderado legal.
Constancia de Situación Fiscal expedida por el SAT, con una antigüedad no mayor a 3 meses.
Para personas morales extranjeras:
Acta constitutiva debidamente apostillada, y traducida al idioma español.2
Copia legible de la identificación oficial con fotografía vigente del representante legal (cédula de residencia o pasaporte).
Documento equivalente a la constancia de situación fiscal que contenga la cédula fiscal, domicilio actual y actividad económica.2
Documento de modificaciones en caso de tener, después de su constitución social.2
Artículo 19. La inscripción o matrícula en el registro mercantil será potestativa para los individuos que se dediquen al comercio y obligatoria para todas las sociedades mercantiles por lo que se refiere a su constitución, transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación y para los buques. Los primeros quedarán matriculados de oficio al inscribir cualquier documento cuyo registro sea necesario. Es decir, tiene por objeto dar validez a los actos mercantiles que lo requieran, al surtir efectos contra terceros, y de esta manera brindar certeza jurídica.
En caso de que la documentación esté en algún idioma diferente al español, se deberá anexar una traducción realizada por perito autorizado, debiendo acompañarse copia del documento expedido por autoridad o institución pública o privada que avale la formación específica para desempeñarse profesionalmente como intérprete y/o traductor.
Requisitos de la Dependencia
Para poder arrendar un inmueble, se requiere la siguiente documentación actualizada, vigente y en formato PDF:
Oficio de solicitud dirigido al Oficial Mayor.
Oficio de suficiencia presupuestal.
Acta de entrega - recepción del inmueble.
Oficio de justificación (en caso de exceder el precio promedio).
Clave presupuestal que será afectada.
M2 edificados que se ocupan del inmueble.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es el dato que debo ingresar como usuario, para iniciar sesión?
El RFC, de la persona física o moral.
¿Cómo puedo recuperar mi contraseña?
En su cuenta, presionar el botón “¿Olvidaste tu contraseña?”.
Si no tengo acceso al correo que registre en mi solicitud, ¿Cómo puedo cambiarlo para que me lleguen las notificaciones?
Enviar una solicitud al correo institucional (padronproveedores@qroo.gob.mx), dirigida a la Directora de Planeación de Contrataciones, donde expondrán el motivo por el cual desean hacer el cambio de correo y mencionar el correo nuevo a ingresar. La solicitud debe venir firmada por el representante legal (persona moral o física). Así como, adjuntar los siguientes documentos:
Persona Moral
Acta Constitutiva
Poder Notarial
Constancia de situación fiscal (Vigencia de 30 días)
Comprobante de domicilio (Vigencia de 3 meses)
Credencial de Elector (Ambas partes y Vigente)
Persona Física
Acta de Nacimiento
Constancia de situación fiscal (Vigencia de 30 días)
Comprobante de domicilio (Vigencia de 3 meses)
Credencial de Elector (Ambas partes y Vigente)
¿En qué tiempo obtengo respuesta a mi solicitud de inscripción al registro de empadronamiento?
De 1 a 3 días hábiles a partir de su registro, sin embargo, en caso de tener alguna observación, el término se reinicia a partir de que usted los atienda y remita la información correcta.
¿Cómo puedo verificar si mi registro está vigente?
Ingresando al portal proveedores.qroo.gob.mx, dentro del apartado de Consultar, haga clic en el botón "Padrón 2024".
¿En qué se basan para rechazar los giros y líneas que seleccioné?
En la constancia de situación fiscal (actividades económicas). Toda vez que se debe presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, cuando:
Modifiquen las actividades económicas que realizan y siempre que conserven al menos una activa
Opten por una periodicidad de cumplimiento de obligaciones fiscales diferente o cuando opten por no efectuar pagos provisionales o definitivos/h3>
ELIJAN UNA OPCIÓN DE TRIBUTACIÓN DIFERENTE A LA QUE TIENEN
Tengan una nueva obligación fiscal por cuenta propia o de terceros o cuando dejen de tener alguna de éstas
Cambien su actividad económica preponderante.
Cambien su residencia fiscal al extranjero y continúen con actividades económicas para efectos fiscales en México.
FUNDAMENTO LEGAL
Código Fiscal de la Federación, artículos 17-D y 27. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 30. Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.6., 2.5.2., 2.5.16., 3.5.14., 3.11.11., 3.11.13., 3.11.15., 3.21.4.1., 3.21.5.1. y 3.21.6.1.
¿Cuál es la vigencia de mi registro?
De la fecha de inscripción al 31 de diciembre del año en curso.
¿A partir de qué fecha puedo hacer la renovación de mi registro?
A partir del 1 de enero del siguiente año.
Ya estoy empadronado, ¿puedo hacer alguna modificación en mi registro?